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Tierralta II

Asociación de Residentes de Tierralta II, Inc.

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Giannone Management, Corp.
Administración oficial de Tierralta II · Reg. 17907

REUNIÓN Octubre 2026

Asamblea Anual – Octubre 2026

La asamblea anual de miembros se celebra en octubre. Se elegirá la Junta de Directores y se considerarán los asuntos del año. Todos los miembros al día en cuotas tienen derecho al voto.

CUOTAS 1 enero – vence

Pago Anual con Descuento

Los miembros que paguen la cuota anual en o antes del 15 de enero recibirán un descuento equivalente a un mes de cuota. Contacte a Monsanto para pagos.

SEGURIDAD Siempre

Sello Electrónico Obligatorio

Es obligatoria la adquisición del sello electrónico para acceder a la urbanización. Para solicitar o renovar su sello, comuníquese con Monsanto al 787-221-2218.

Reglamento Oficial

Asociación de Residentes de Tierralta II, Inc.

📝 Incluye Enmiendas aprobadas en octubre 2013

Preámbulo

La Asociación de Residentes de Tierralta II, Inc. es una corporación sin fines de lucro organizada bajo las leyes del ELA de Puerto Rico, con número de registro 17907.

Sus fines y objetivos son:

1. Fomentar la seguridad de los residentes de la sección segunda de la urbanización Tierralta.
2. Mantener la urbanización como área de acceso controlado conforme a la Ley 21 del 20 de mayo de 1987, según enmendada.
3. Asegurar la continuada existencia de la Asociación y enmendar su certificado cuando sea autorizado por la mayoría de los miembros.
4. Estimular las mejores relaciones vecinales mediante actividades sociales, culturales o deportivas.
5. Coordinar un método razonable de mantenimiento de áreas verdes, áreas recreativas y áreas de uso común.
6. Propender por el mejoramiento y bienestar colectivo de los residentes.
7. Asegurar el cumplimiento de las servidumbres en equidad y/o las condiciones restrictivas.
8. Mantener la sana convivencia y la calidad de vida de los residentes. (Enmendado 2013)

Artículo I – Oficina Principal

La oficina principal de la Asociación radicará en la dirección residencial del Secretario en funciones, o del administrador en funciones, quien también será su Agente Residente. Los cambios correspondientes se radicarán en el Departamento de Estado según corresponda.

Artículo II – Miembros

Todo dueño de una residencia ubicada en la urbanización Tierralta II será considerado miembro de la Asociación y tendrá la obligación de cumplir con todos los reglamentos, estatutos y resoluciones, incluyendo el pago de cuotas, penalidades por pago tardío y disposiciones sobre seguridad. El dueño podrá designar, por escrito y bajo su firma, como su representante a un arrendatario u ocupante de la residencia.
Las personas que reúnan las calificaciones de miembro deberán notificar a la Junta de Directores en un período no mayor de 15 días de la fecha en que se muden a la Urbanización. Serán responsables por obtener copia de los Reglamentos vigentes.
Todo miembro que tenga sus cuotas al día tendrá derecho a un voto en cada asunto referido a los miembros de la Asociación. Por cada residencia se emitirá un solo voto.
Terminación: La membresía termina cuando el dueño vende la propiedad.

Renuncia: La venta de la propiedad constituye renuncia tácita a la membresía, pero no releva al miembro de pagar cuotas adeudadas hasta el momento de efectividad de la renuncia.

Transferencia: La membresía en la Asociación no podrá ser transferida o cedida.

Artículo III – Asamblea de Miembros

La asamblea anual se celebrará en el lugar designado en la convocatoria, durante el mes de octubre de cada año, en el día y hora seleccionada por la Junta de Directores. En ella se elegirán los miembros de la Junta y se considerarán otros asuntos.

Los miembros de la Junta deberán ser residentes de la Urbanización y estar al día en el pago de cuotas para cualificar como candidatos o para emitir su voto.

Agenda estándar: Determinación de Quórum · Lectura de minuta anterior · Informe del Presidente · Informe del Tesorero · Elección de oficiales · Asuntos pendientes · Asuntos nuevos.
Asambleas Especiales: Pueden ser convocadas por el Presidente, la Junta o el 25% de los miembros con derecho al voto.

Notificación: Se remitirá a cada miembro con por lo menos 2 días y no más de 10 días de anticipación, entregada en el buzón de la residencia.

Acción Informal: Cualquier acción que pudieran tomar los miembros en asamblea podrá tomarse sin celebrar la asamblea si existe consentimiento por escrito de al menos dos terceras (2/3) partes de los miembros con derecho al voto mediante referéndum.
Quórum: La mitad más uno de los miembros con derecho al voto constituirá quórum. Si no hay quórum, se puede recesar y continuar en 1 hora en el mismo lugar, y los presentes constituirán quórum.

Voto por Poder (Proxy): Cualquier miembro con derecho al voto podrá votar por conducto de un representante autorizado mediante poder escrito. El representante deberá estar al día en cuotas y recargos. El máximo de proxies por residente será de uno (1).
Quórum reducido de 24 horas a 1 hora. Límite de 1 proxy por residente añadido.

Artículo IV – Junta de Directores

Los asuntos de la Asociación serán dirigidos por su Junta de Directores. Sus poderes incluyen:

a) Intervenir en violaciones a los reglamentos o estatutos.
b) Intervenir en violaciones a condiciones restrictivas de las propiedades.
c) Intervenir en violaciones a leyes, ordenanzas o reglamentos del Gobierno de Puerto Rico.
d) Intervenir en asuntos que afecten los propósitos de la Asociación o los intereses de la comunidad.
e) Complementar la función del Estado mediante un Sistema de Vigilancia y Seguridad, incluyendo compañía de seguridad y cámaras de video. Los miembros de la Junta tendrán inmunidad absoluta por deficiencias en el sistema de seguridad.
f) Intervenir en la Administración del Presupuesto de Gastos ordinarios anuales.
Composición: La Junta se compondrá de siete (7) miembros, elegidos en la asamblea anual. Se buscará representación de las distintas calles y áreas de la sección segunda.

Reuniones Ordinarias: Los directores electos ocupan sus cargos efectivo el 1ro de enero siguiente. La primera reunión ordinaria se celebrará durante enero de cada año.

Reuniones Especiales: Convocadas por el Presidente o al menos 3 miembros de la Junta, con notificación escrita con al menos 2 días de anticipación.

Quórum: La mayoría de los miembros de la Junta constituye quórum. De no constituirse, se celebra en 24 horas y los presentes constituyen quórum.

Vacantes: Son cubiertas por acción de la propia Junta de Directores por el término sin expirar del predecesor.

Artículo V – Oficiales

Oficiales: Presidente, Vicepresidente, Secretario y Tesorero. Ningún oficial puede ocupar más de un cargo. Todos prestan sus servicios ad honorem, sin remuneración.

Elección: Los cargos de Presidente, Secretario y Tesorero deben ser electos por voto directo de los miembros en la asamblea anual.

Remoción: Tres (3) ausencias consecutivas pueden ser causa de remoción. Para destituir a un oficial (excepto por ausencias) se requiere el voto de 2/3 partes del total de oficiales electos.

Funciones:
Presidente: Coordina y controla las asambleas. Otorga contratos en representación de la Corporación. Es el coordinador con el administrador para asegurar que éste cumple con sus funciones fiduciarias. De ser necesario, intervendrá con la compañía de seguridad.
Vicepresidente: Asume las responsabilidades del Presidente en su ausencia. Coordinador de enlace entre los Comités de Trabajo y la Junta.
Secretario: Mantiene actas de todas las reuniones. Custodia los libros de la Corporación. Prepara y envía las notificaciones de reuniones. Certifica quórum.
Tesorero: Custodia los fondos de la Corporación. Gestiona el cobro de cuentas y el pago de obligaciones (certificados por 4 miembros autorizados). Prepara el presupuesto anual.
Añadido: El Presidente coordinará con el administrador y con la compañía de seguridad según sea necesario.

Artículo VI – Comités

Los siguientes constituirán comités permanentes:

1. Seguridad y vigilancia.
2. Ornato, limpieza y mantenimiento de áreas verdes.
3. Actividades sociales.
4. Recreación y deportes.

La Junta podrá designar comités adicionales. En todo comité deberá servir al menos un (1) miembro de la Junta. Los comités rendirán informes antes y después de cualquier actividad.

Artículo VII – Contratos, Fondos y Desembolsos

Fondos: Provienen de cuotas, aportaciones, donaciones e ingresos autorizados. Estarán bajo la custodia de la Junta de Directores.

Cobro: Se habilitará un buzón cerrado a la entrada bajo vigilancia del guardia. El Tesorero o el administrador designado tendrán la llave y solicitarán los cheques expedidos a nombre de la Asociación.

Cotizaciones: Para cualquier desembolso en exceso de $1,000 se requerirán al menos dos (2) cotizaciones escritas de suplidores diferentes. Se exceptúan servicios legales de abogado o notario (si exceden $5,000 requieren aprobación de mayoría de miembros).

Registros a mantener: Nombre y dirección de socios, cuotas pagadas, cuotas por cobrar, fondos depositados, ingresos y egresos mensuales, estados de cuenta, cheques cancelados y hojas de depósito.
Los fondos se desembolsan únicamente por autorización de la Junta mediante resolución aprobada por mayoría de Directores.

Todo desembolso se realizará mediante cheque firmado por cualesquiera dos (2) del Presidente, Vicepresidente, Tesorero y Sub-Tesorero, luego de autorización por escrito de cualesquiera tres (3) de los cuatro siguientes: Presidente, Vicepresidente, Tesorero y Secretario.
Gastos Ordinarios: Mantenimiento de áreas verdes, vigilancia, teléfono, luz, agua, materiales de oficina, etc. Aprobados anualmente por la Junta mediante resolución.

Gastos Extraordinarios: Todo gasto que exceda $5,000.00 debe ser aprobado por mayoría de miembros mediante referéndum o asamblea especial. En emergencias reales, la Junta puede autorizar el gasto y notificar a los miembros inmediatamente para ratificación en 5 días.

El máximo a pagarse a un profesional será de $5,000.00. Pagos adicionales requerirán aprobación de 2/3 partes de los residentes mediante referéndum o asamblea. (Enmendado 2013)

Obras Permanentes: Hasta $5,000.00 requieren aprobación de la Junta. Por encima de $5,000.00 requieren aprobación de la mayoría de los miembros. Una obra no puede subdividirse en etapas menores para evitar este requisito.

Fondo de Reserva: El balance que exceda dos meses de gastos ordinarios se coloca en una cuenta que genere intereses (Fondo de Reserva). No debe ser menor del total de 1.5 meses de gastos presupuestados.

Artículo X – Cuotas

Cuota: La Junta recomendará el monto de las cuotas, que deberán ser aprobadas por la mayoría de los miembros mediante referéndum o asamblea antes de entrar en vigor.

Alternativa 1 – Pago Anual: Debe pagarse en o antes del 15 de enero de cada año. El miembro que pague a tiempo recibirá un descuento equivalente a un mes de cuota.

Alternativa 2 – Pago Mensual: Debe pagarse en o antes del día 10 de cada mes.

Penalidades por incumplimiento: 5% del pago mensual como penalidad, efectiva el primer día de cada mes hasta el saldo total. El caso se refiere a abogado a partir del 4to mes adeudado. En caso de acción judicial, el residente que incumplió pagará las costas y honorarios de abogados.

Cuotas para aumento: Si no se obtiene quórum para aprobar un aumento de cuotas, el Secretario notificará por escrito a los ausentes dentro de 15 días. Los notificados tendrán 30 días para manifestar conformidad o discrepancia. Si no responden, su voto se contará a favor del acuerdo. (Enmendado 2013)

Artículo XIII – Sistema de Seguridad

La Junta establecerá y mantendrá un sistema de seguridad con guardia de puesto a la entrada las 24 horas del día, con rondas preventivas dentro de la Urbanización.

Se mantendrá un sistema de control de acceso conforme a la Ley Núm. 21 del 20 de mayo de 1987, según enmendada.

La Junta podrá establecer un sistema de identificación de miembros y sus vehículos. Dicho sistema estará disponible solo a miembros al día en el pago de sus cuotas.
El carril exclusivo de entrada de residentes es para uso exclusivo de los residentes que hubieren pagado la derrama de construcción de $350.00 (en o antes del 1ro. de diciembre de 1999) y que estén al día en el pago de todas sus cuotas.

Los residentes con 15 días de atraso en cuotas tendrán suspendida la frecuencia de su sello electrónico hasta ponerse al día. Luego de tres meses de atraso, o atrasos reiterados más de tres veces, se requerirá el pago de intereses al tipo legal máximo como condición previa para reinstalar el acceso.

Los residentes que no pagaron la derrama acceden por el carril tradicional, previa identificación con el guardia de seguridad.
El término "activador (beeper)" fue sustituido por "Sello Electrónico" en la enmienda de 2013.
a. Obligación: Es obligatoria la adquisición del sello electrónico para todos los residentes, para acceder a la urbanización.

b. Lista de Acceso: Los residentes al día en cuotas pueden notificar a la administración los nombres de personas que pueden acceder a sus residencias sin llamar al hogar.

c. Solicitud de sellos: El residente proveerá nombre, dirección, correo electrónico, teléfono, y datos del vehículo (modelo, marca, tablilla y relación con el residente).

d. El sello no es transferible.

e. Venta/pérdida/hurto: El titular debe notificar al administrador y a la Junta para la desconexión correspondiente.

f. Reconexión por falta de pago: La reconexión tendrá un costo de $15.00 por cada sello.

Artículos XIV–XVI – Parque, Administrador y Normas de Convivencia

Solo residentes bona fide de Tierralta II y sus invitados pueden utilizar el parque y gazebo para actividades privadas.

Costo de alquiler: $50.00 no reembolsable.
Depósito: $75.00 a nombre de la Asociación (se confisca si hay daños a plantas, estructuras o si se deja basura). Se reembolsa si el parque se entrega en las mismas condiciones.
Horario: Lunes a Domingo, 8:00 AM – 9:00 PM.
Reservación: Con al menos 1 semana de anticipación coordinando con el administrador.
El administrador es nombrado por la Junta de Directores por mayoría de votos, pudiendo ser una corporación o un individuo. La Junta puede relevarlo por justa causa.

Anualmente la Junta evaluará la labor del administrador y llevará sus recomendaciones a la Asamblea Anual de octubre.

Cualidades: Deberá tener una oficina principal debidamente organizada, experiencia razonable en administración de Asociaciones de Residentes, y atenderá las emergencias que se presenten.

Deberes: Autorizar contratos, emplear y despedir personal, mantener récords y preparar informes requeridos por ley, mantener minutas de reuniones, adoptar reglas para el uso de facilidades, y velar por el cumplimiento del reglamento.
Horarios de contratistas y jardineros: Lunes–Viernes 7:00 AM–5:00 PM · Sábados y Domingos 8:00 AM–4:00 PM.

1. No se permitirá el acceso a vendedores de ningún tipo a los predios de la urbanización.
2. Residentes con cuota atrasada y visitantes deben identificarse con el oficial de seguridad a la entrada.
3. Al salir entre 10:00 PM y 6:00 AM, residentes y visitantes deben identificarse con nombre y la residencia de donde salen.
4. En construcciones o remodelaciones, el residente colocará un anuncio con el número del caso, número de permiso y datos del contratista.
5. No se pueden estacionar lanchas (botes) ni vehículos comerciales (vanes, guaguas escolares, Party Bus, guaguas de sonido, etc.) en solares o calles. Las lanchas solo en garajes.
6. No se pueden instalar remolques, rampas de juegos, tiendas de campaña ni estructuras similares frente a los solares ni en los lados de la calle.
7. No se puede estacionar en las aceras (no incluye los driveways de las residencias).

Multas: La violación de estas normas conllevará una multa de hasta $100.00. Se otorgarán 30 días desde la notificación para corregir la violación. Las violaciones recurrentes conllevan $100.00 por ocurrencia, pagadero junto a la cuota mensual.

Artículo XIV (Original) – Enmiendas al Reglamento

Estos Estatutos pueden ser enmendados, modificados o derogados por el voto de una mayoría de los miembros de la Asociación en una Asamblea anual, ordinaria o especial, o por referéndum, siempre y cuando se haya dado aviso por escrito de los cambios propuestos con al menos 10 días de anticipación a la fecha de la reunión o del referéndum.

Amenidades

Instalaciones y horarios de Tierralta II

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Parque / Gazebo

8:00 AM – 9:00 PM

Alquiler $50 · Depósito $75

🌳

Áreas Verdes

Siempre disponible

Mascotas con correa

🅿️

Estacionamiento

24/7 residentes

Zonas para visitantes

🔒

Acceso Seguro

24/7

787-731-2230 / 787-709-2223

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Recogido de Basura

Madrugada del Martes

Sacar zafacones la noche del lunes

🏗️

Recogido de Escombros

Miércoles (todo el día)

Coordinar: Obras Públicas Bayamón

Para actividades privadas en el parque:

• Solo residentes bona fide e invitados
• Costo: $50.00 no reembolsable
• Depósito: $75.00 (se devuelve si no hay daños)
• Coordinar con 1 semana de anticipación
• Horario: Lunes–Domingo 8:00 AM–9:00 PM

⚠️ Para sellos de vehículos, pagos y balances de mensualidad:

📞 Monsanto
787-221-2218
info@monsantopr.com

Llame a Monsanto únicamente para sellos de entrada de vehículos (Art. XIII, Sec. 6), pagos de mensualidad (HOA fees) y consultas de balance. Para otros asuntos llame a Giannone Management.

🚛 Camión de Basura

El camión de basura pasa durante la madrugada del martes. Favor sacar los zafacones la noche del lunes para garantizar el recogido.

🏗️ Camión de Escombros

El camión de recogido de escombros pasa los miércoles en cualquier momento durante el día.

Para coordinar un recogido especial de escombros, comuníquese con Obras Públicas – Bayamón:

📞

Obras Públicas Bayamón

(787) 785-9250

📲
REUNIÓNOctubre 2026

Asamblea Anual HOA

Celebrada en octubre. Se elegirá la Junta de Directores. Todos los miembros al día en cuotas tienen derecho al voto.

CUOTASVence 15 enero

Descuento Pago Anual

Pague la cuota anual en o antes del 15 de enero y reciba un descuento equivalente a un mes de cuota. Contacte a Monsanto.

NORMASVigente

Horarios Contratistas

L–V: 7:00 AM–5:00 PM · Sáb–Dom: 8:00 AM–4:00 PM. Violaciones: multa de $100.00.

Recogido de Basura

Horarios y coordinación de recogido en Tierralta II

🚛

Camión de Basura

Madrugada del Martes

El camión de basura pasa durante la madrugada del martes.

⚠️ Favor sacar los zafacones la noche del lunes para garantizar el recogido.

🏗️

Camión de Escombros

Miércoles – Todo el día

El camión de recogido de escombros pasa los miércoles en cualquier momento durante el día.

Para coordinar un recogido especial de escombros comuníquese con Obras Públicas – Bayamón:

📞

Obras Públicas Bayamón

(787) 785-9250

📲

📌 Recuerde:

• Basura regular → zafacones afuera el lunes en la noche
• Escombros → colocarlos afuera el martes en la noche para el recogido del miércoles
• No dejar bolsas de basura o escombros en la calle fuera de los días establecidos

🚨

Centro de Emergencias

Tierralta II – Para situaciones urgentes de la comunidad

"Ambos" envía por WhatsApp y correo electrónico simultáneamente a la administración.